Reduce tu factura fiscal

apoyando la cultura

Innofiscal actúa como un puente, ofreciendo un servicio de intermediación personal, transparente y cercano.

Somos el puente entre inversores y productos culturales. Diseñamos soluciones jurídicas que permiten traspasar deducciones fiscales generadas por producciones cinematográficas y por espectáculos en vivo a autónomos y empresas, reduciendo su carga tributaria.

El mundo de la cultura en España ha venido generando atractivos incentivos fiscales. Desde hace unos años, debido a diferentes modificaciones legislativas, se ha hecho posible que empresarios ajenos al mundo de la producción cinematográfica o de espectáculos aprovechen estos incentivos, principalmente en forma de deducciones fiscales.

Actuamos como puente entre el inversor, los productores y los despachos de abogados. Ofrecemos un servicio de intermediación personal, transparente y cercano, así como la garantía y flexibilidad de trabajar de forma independiente con los mejores despachos de abogados y equipos especializados, para que autónomos y empresas minimicen sus obligaciones fiscales.

Qué hacemos

En Innofiscal, conseguimos todo esto gracias a nuestra amplia experiencia asesorando a productores junto con los mejores despachos de abogados del país. Esto nos permite acceder a un amplio abanico de producciones asesoradas legalmente por los mejores profesionales de primer nivel para que nuestros inversores puedan reducir su factura fiscal.

Acompañamos durante todo el proceso a los inversores. Les ayudamos a elegir en qué producciones invertir, aportándoles criterios desde nuestros conocimientos y experiencia, y, sobre todo, intermediando entre ellos y los despachos de abogados y productoras encargados de diseñar las estructuras.

Nuestra misión es facilitar al máximo la inversión para que autónomos y empresas puedan reducir su factura fiscal sin tener que dedicar horas y esfuerzos a estudiar cómo. Deja que Innofiscal se encargue de simplificar el proceso para que tú puedas centrarte en lo verdaderamente importante: tu negocio.

¿Cómo lo conseguimos?

CF – Contrato de Financiación

Desde el 01 de enero de 2021, se introdujo la posibilidad de que el productor de obras audiovisuales o espectáculos en vivo, pudiese firmar un contrato de préstamo con contribuyentes por Impuesto sobre Sociedades o IRPF para traspasarle la deducción generada por la producción.

Imagen de los años 40 en una fiesta elitista tomando copas.
Concierto donde se ve a la gente de espaldas.

A.I.E.  – Agrupaciones de Interés Económico

Las AIE vienen siendo utilizadas clásicamente para estructurar estos traspasos de créditos fiscales, tanto en el mundo audiovisual como en el del I+D+i. La AIE permite traspasar la deducción a los inversores. Junto a la deducción, se traspasan también las bases imponibles negativas generadas por el proyecto.

Proyectos financiados
Proyectos musicales

Preguntas frecuentes

Nuestra misión es facilitar al máximo la inversión para que autónomos y empresas puedan reducir su factura fiscal sin tener que dedicar horas y esfuerzos a estudiar cómo. Deja que Innofiscal se encargue de simplificar el proceso para que tú puedas centrarte en lo verdaderamente importante: tu negocio.

Entonces, ¿estoy invirtiendo en una película o un festival? ¿Qué pasa con mi inversión si el evento o la película no tiene éxito en taquilla?

La inversión que se realiza tiene carácter puramente fiscal. En ningún momento la rentabilidad del inversor está aparejada al éxito del proyecto. La recuperación de la inversión, junto con la rentabilidad, se realiza en forma de créditos fiscales, como menor pago de IRPF o de Impuesto sobre Sociedades, según corresponda. El inversor nunca participa de los beneficios o pérdidas generadas por el proyecto.

¿Existe algún límite de inversión en cuanto a la cantidad a aportar? ¿Cuál es la inversión mínima?

La ley no fija ninguna inversión mínima. Y en Innofiscal tampoco la pedimos, trabajamos para que cualquier autónomo o empresario pueda reducir su factura fiscal. En cambio, la ley sí fija una cantidad máxima de ahorro de impuestos: el 50% de la cuota previa que saldría a pagar sin la inversión. En Innofiscal trabajamos con despachos de abogados y con los asesores de nuestros inversores para poder calcular la inversión más eficiente.

¿La rentabilidad que se puede obtener es siempre del 20%?

Depende de la forma en la que se estructure la inversión. En la modalidad de Contrato de Financiación, el 20% es la rentabilidad bruta máxima que marca la ley y, por tanto, la que ofrecemos en Innofiscal. Existen otras modalidades para estructurar el traspaso de los créditos fiscales, principalmente mediante Agrupaciones de Interés Económico, que permiten rentabilidades mayores. Si deseas recibir información acerca de las mismas, no dudes en solicitarnosla en el formulario de contacto.

¿Existe algún riesgo de que la inversión se pierda o no se materialice? ¿Podría Hacienda cuestionar los incentivos fiscales traspasados?

La ley establece como requisitos para que se traspasen los incentivos fiscales que la producción audiovisual o el espectáculo obtengan una serie de certificaciones por parte del Ministerio de Cultura. Por ello, en Innofiscal solo trabajamos con producciones ya desarrolladas, para que no exista riesgo de producción. Además, los despachos de abogados con los que trabajamos se encargan de revisar toda la documentación y aspectos legales de la producción, elaborando un informe de Due Diligence para el inversor. Así, el inversor no asume riesgos relacionados con la inversión y, en el caso de que Hacienda cuestionase los créditos fiscales, podrá estar tranquilo sabiendo que los mejores equipos de abogados especializados han revisado todos los requisitos legales y pudiendo acreditar todos los extremos necesarios ante una hipotética Inspección.

¿Se encarga INNOFISCAL de la redacción del contrato legal?

No, el contrato y toda la documentación legal es elaborada por los despachos de abogados con los que trabajamos. En Innofiscal nos encargamos de acompañar al inversor para que no se vea abrumado por los posibles aspectos jurídicos o financieros de las operaciones. Le asesoramos en la elección del proyecto, explicándole las características de cada uno y asumimos la interlocución con todas las partes implicadas en la producción, el asesoramiento legal y financiero, para que el inversor no tenga que preocuparse por los trámites burocráticos.

¿Cuál es el coste de los servicios de INNOFISCAL? Como inversor, ¿qué gastos tengo que asumir?

Ninguno. Los honorarios de INNOFISCAL, así como los de los despachos de abogados y asesores que intervienen a lo largo del proceso son asumidos por el productor de la obra audiovisual o del espectáculo en vivo. El inversor solo tiene que asumir los gastos de sus asesores y de las transferencias, en su caso.

¿Se obtiene la rentabilidad siempre en el plazo de siete u ocho meses?

La recuperación de la inversión, junto con la rentabilidad obtenida, tiene lugar al liquidar el impuesto correspondiente: IRPF para los autónomos e Impuesto sobre Sociedades para las empresas. Como la inversión suele estructurarse entre noviembre y diciembre, de ahí viene el plazo de recuperación de siete u ocho meses.

¿Tenéis más documentación acerca de los productos? ¿Cómo puedo obtener más información?

¡Claro! En Innofiscal tenemos preparados materiales gráficos, presentaciones y dossieres sobre todas las posibilidades de estructurar estos créditos fiscales. Igualmente, estaremos encantados de resolver cualquier duda que queráis plantearnos, o incluso agendar una reunión para explicaros en detalle nuestros servicios y los productos. No dudéis en contactarnos en el formulario de la web o mediante email a carlos@innofiscal.es

Concierto en el que se ve a gente levantando la mano.